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Promovemos con la MEB la modificación del Código Penal

Tras la aprobación en el Pleno del Congreso de los diputados de la reforma del Código Penal en materia de imprudencia, aprobada el pasado 9 de junio, comienza el trámite para su aprobación en el Senado, a donde ya ha llegado el texto.

Desde la Mesa Española de la Bicicleta, impulsores de dicha reforma, solicitamos a todos los grupos políticos el apoyo del texto aprobado por el Pleno del Congreso, dado que lo consideramos un gran avance en la protección de los usuarios vulnerables de la vía.

¿Cómo afecta esta reforma a los ciclistas?

A partir de la aprobación de esta reforma, se acaba con la impunidad y con los defectos derivados de la anterior reforma del código penal, que daba lugar a interpretaciones que desprotegían a las víctimas:

  • Se acaba con el archivo automático y no motivado de la inmensa mayoría de las causas. No podrán existir archivos si se comete una infracción a una norma de tráfico y a causa de esa infracción se provoca las lesiones o el fallecimiento.
  • A partir de la aprobación de esta reforma, el juez se verá obligado a valorar si existe por parte del causante del accidente una infracción calificada como grave a la ley de Seguridad Vial, y si ésta “determinara” ser causa del accidente y producir la lesión o el fallecimiento, se reputará en todo caso como imprudencia menos grave de no ser calificada como grave y por tanto merecedora de reproche penal. 
  • El juez deberá de motivar la existencia de esta determinación o la inexistencia de la misma en la resolución judicial pertinente, bien en el auto de procesamiento, o en el auto de archivo. o por supuesto en la sentencia que condene al causante del accidente o le absuelva.
  • Se acaba con una interpretación que consideran que, si existe un accidente causado por imprudencia grave y se huye del lugar de los hechos, por un defecto en la redacción del Código Penal se tendría que resolver que no existe el delito de fuga. Con el cambio que se va a producir lo que se detalla claramente es que, si hay fuga, independientemente de la existencia de imprudencia o caso fortuito, y además se causaren lesiones relevantes o el homicidio, ya existirá necesariamente el delito de fuga de un modo inequívoco.
  • Se obliga a los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado a instruir un atestado cada vez que haya un siniestro vial con lesionados o víctimas, y la obligación de remitirlo a la autoridad judicial. Es coherente porque hasta ahora no se elaboraban atestados como tal sino un mero informe superficial en la mayoría de los accidentes si no había alcohol, drogas o conducción especialmente temeraria.

La Mesa Española de la Bicicleta está compuesta por la Asociación de Ciclistas Profesionales (ACP), la Real Federación Española de Ciclismo (RFEC), la Asociación de Marcas y Bicicletas de España (AMBE), la International Mountain Bicycling Association España (IMBA) y la Red de Ciclojuristas.

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